Artículo 147

Recursos públicos


Toda persona moral, organizaciones de la sociedad civil, sindicatos o cualquier otra análoga que reciban recursos públicos por cualquier concepto, exceptuando las cuotas sindicales, deberán proporcionar a los sujetos obligados de los que los reciban la información relativa al uso, destino y actividades que realicen con tales recursos.

Nota:No aplica El fideicomiso de Recuperación Crediticia de la Ciudad de México (FIDERE), es una entidad sin fines de lucro, cuya finalidad consiste en la recuperación de créditos otorgados para la vivienda, con el objeto de reintegrar dicha recuperación a los entes operantes de los programas de vivienda del G.D.F. y con ello beneficiar a más familias; por lo tanto no tiene contemplado la entrega de recursos públicos a persona alguna.

Fecha de Actualización: 10-Noviembre-2016

Fecha de Validación: 20-Julio-2018

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